El criterio
La Corte revocó una resolución que había acogido parcialmente la caducidad de una acción de tutela en audiencia preparatoria. Las partes discrepaban sobre la fecha del último acto vulneratorio, por lo que dispuso resolver la excepción junto con el fondo.
Alcance procesal
El artículo 453 permite resolver de inmediato la caducidad cuando existen antecedentes que habilitan una decisión fundada. En este caso, la controversia fáctica impedía anticiparla sin permitir la prueba pertinente. La decisión no declara que la acción esté necesariamente dentro de plazo: ordena que la cuestión se resuelva después del debate y de la acreditación de los hechos.
Fuente y verificación
Sentencia judicial en copia publicada por La Quinta Sala Consultar contexto de la publicaciónTexto judicial consultado en un repositorio secundario. No corresponde a una descarga directa del portal oficial.
Revisión editorial: 20 de octubre de 2026.
Comentario informativo de Ojeda & Cía. Cada asunto requiere revisar sus antecedentes y las normas aplicables. La publicación no constituye una opinión sobre un caso particular.
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